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¿Debo almacenar las facturas y recibos de los gastos que haga mi LLC?
En línea con lo que establece la sección 6001 del Código Tributario Federal (Internal Revenue Code), es ideal que una LLC disponga de las facturas y recibos de los gastos que realiza para dar cuenta del flujo de la compañía.
Si bien es poco probable que le ocurra a la mayoría de negocios, si el IRS hiciera una auditoría alguna vez, podría pedir tal respaldo. Sin embargo, de no tenerse, también son admisibles extractos bancarios.
En relación a otros trámites, como la declaración anual del IRS, enviar facturas y recibos no es requerido.